A partir del 2022 será obligatorio inscribirse al Registro Federal de Contribuyentes todas las personas mayores de 18 años, lo importante a resaltar es que el darte de alta en el Servicio de Administración Tributaria (SAT) no significa que debas pagar impuestos, pero aquà hay algo importante que debes recordar:
El artÃculo 31, fracción IV, de la Constitución PolÃtica de los Estados Unidos Mexicanos establece que es obligación de los mexicanos Contribuir para los gastos públicos, asà de la Federación, como de los Estados, de la Ciudad de México y del Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.
Por la tanto hay dos supuestos en los que nos encontramos:
1.- Si eres persona fÃsica mayor de 18 años y NO obtienes ingresos por realizar alguna actividad económica es decir, al darte de alta deberá ser Sin obligaciones fiscales.
2.- Mientras que si tú eres persona fÃsica mayor de 18 años y SI obtienes ingresos por realizar alguna actividad económica, es decir, vendes productos u ofreces algún servicio y que por realizarlo te genere un ingreso deberás registrarte con Obligaciones fiscales y dependiendo de las actividades económicas que realices es como te convendrá darte de alta, por ejemplo RegÃmen Simplificado de Confianza, Actividad Empresarial y Profesional, Arrendamiento, Intereses, etc...
Recuerda que, aunque ganes $1.00 peso, estas obligado a pagar impuestos.
Y aquà es donde viene lo realmente importante, si tu vendes productos en redes sociales (Facebook, Instagram, WhatsApp, TikTok, OnlyFans, etc.), tienes un local fijo o trabajas por tu cuenta brindando servicios (Frelance) deberás registrarte, calcular y en su caso pagar los impuestos correspondientes.
Considera que al ser una obligación y no inscribirte al RFC, te harás acreedor a una sanción (multa desde $3,870.00 (tres mil ochocientos setenta pesos M.N) hasta $11,600.00 (once mil seiscientos pesos M.N.).
Mi recomendación, asesórate con un profesional (Contador) que pueda brindarte un panorama de lo que implica esta nueva disposición de la autoridad, de tal manera que puedas cumplir en tiempo y forma con tus obligaciones fiscales.
Si tienes alguna duda o comentario, no dudes en dejar tus preguntas y con gusto te ayudaremos a responder.
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FUNDAMENTO Articulo 27 Código Fiscal de la Federación.